Normas


NORMAS DEL COSTALERO

El presente Reglamento tiene como único fin el regular el buen funcionamiento del CUERPO DE COSTALEROS de esta Hermandad, y consta de los siguientes puntos:

1.-Requisitos del Costalero.
2.-Miembros del Cuerpo de Costaleros.
3.-Estructura del Cuerpo de Costaleros.
4.-Incompatibilidades.
5.-Sobre Costaleros.
6.-Obligaciones, deberes y derechos del Costalero.
7.-Vestimenta del Costalero.
8.-Cofrades.

PUNTO PRIMERO: REQUISITOS DEL COSTALERO

Para ser costalero de la Cofradía y Hermandad del Señor Azotado en la Columna se requerirá:

1.1.-La designación de Costalero será de forma voluntaria.

1.1.-Ser hermano de la cofradía.
1.2.-Cumplir los Estatutos de la Hermandad así como el presente Reglamento.


PUNTO SEGUNDO: MIEMBROS DEL CUERPO DE COSTALEROS

Serán miembros del Cuerpo de Costaleros los siguientes:

2.1.-Todos los Costaleros de la Hermandad.
2.2.-El Capataz del Paso de Cristo. 

2.3.-El listero del Paso de Cristo.

2.4.-Los Contraguías. Los Listeros y contraguías serán personas de la confianza del capataces, por lo que serán estos los que los elijan; en su defecto lo haría la Junta de Gobierno previa consulta con el cuerpo de costaleros.


PUNTO TERCERO: ESTRUCTURA DEL CUERPO DE COSTALEROS

3.1.-Órgano Rector: Este Cuerpo de Costaleros tendrá como órgano superior a la Junta de Gobierno de la Hermandad, a la que deberá someter para su aprobación todo aquello que repercuta o afecte sustancialmente a la Cofradía.

3.2.-Asamblea del Cuerpo de Costaleros: se considerará constituida la misma - previa convocatoria por los capataces o la Junta de Gobierno - cuando se reúna la tercera parte de los miembros del Cuerpo en primera convocatoria y un º veinticinco por ciento de ellos en segunda convocatoria. En ambos casos los acuerdos, propuestas.... que allí se hagan deberán ser aprobados por la mitad más uno de los asistentes. Por tanto una vez cumplidos estos requisitos, estos acuerdos serán vinculantes para todos los miembros del Cuerpo de Costaleros.

3.3.-La Asamblea del Cuerpo de Costaleros se celebrará al menos una vez al año.


PUNTO CUARTO: IMCOMPATIBILIDADES

4.1.-Los cargos de capataz, listero y contraguía serán incompatibles con otros cargos de cualquier otra cofradía, a excepción hecha de la nuestra propia.


PUNTO QUINTO: SOBRE LOS COSTALEROS

5.1.-El número de costaleros que cargan son 24 más los relevos.
5.2.-Queda abierto el régimen de relevos .

5.3.-Se considerarán Costaleros titulares a los 24 que cargan mas los relevos a partir de los 40 empezará la Lista de Espera.

5.4.-Existirá una Lista de Espera cuando el número de inscripciones para costalero sea superior al necesario para la formación de la Cuadrilla de Costaleros. Dicha lista se confeccionará por orden de inscripción y estará en poder del responsable del Paso.

5.5.-La asignación de los relevos la hará el capataz atendiendo a las necesidades del paso, de la cuadrilla y al buen funcionamiento de la cofradía durante la Estación de Penitencia. Ningún costalero tendrá derecho sobre otro a elegir relevos, si pidiese alguno en concreto solo será por motivos profesionales o laborales.

5.6.-La distribución de los costaleros en el paso se hará atendiendo a las medidas de la cerviz y a las necesidades de la cuadrilla en cada momento, siendo el capataz el encargado de regular dicha distribución.

5.7.-El régimen de ensayos (días, horario, duración etc.) para cada año será acordado en la Asamblea del Cuerpo de Costaleros.

5.8.-Bajo ningún concepto se permitirá que un costalero permute su sitio por otro en distinto paso antes y durante la estación de penitencia sin la autorización del capataz.


PUNTO SEXTO: OBLIGACIONES, DEBERES Y DERECHOS DEL COSTALERO

6.1.-Todo costalero tiene como principal obligación, la de cargar religiosa y respetuosamente con la Imagen de Nuestro Señor Azotado en la Columna, considerándose como motivo de EXPULSION el no presentarse el Jueves Santo a tal acto sin motivo justificado ante la cuadrilla.

6.2.-Será de obligado cumplimiento la asistencia a todos los ensayos que se convoquen, en caso de falta por motivo laboral el costalero deberá aportar un motivo coherente ante sus compañeros justificando la falta al ensayo. La falta no justificada a cinco ensayos será motivo para no llevar el trono ese año.

6.3.-Será de obligado cumplimiento la asistencia a la Asamblea del Cuerpo de Costaleros. La falta no justificada se considerará FALTA GRAVE.

6.4.-El costalero deberá guardar respeto y aceptación a todos los acuerdos tomados democráticamente por el Cuerpo de Costaleros. El incumplimiento del mismo será motivo de EXPULSION.

6.5.-Deberá guardar, acatar y respetar el presente Reglamento.

6.6.-El costalero ha de mantener, dentro del Paso, una “actitud” de respeto y de silencio; de esta manera todos podremos oír mejor y entender con rapidez las órdenes que indique el bocero del Paso. Una vez concluida la procesión, el costalero permanecerá en su puesto, hasta que la carroza sea llevada a su destino.
6.7.-Tendrá derecho a voz y voto en la Asamblea del Cuerpo de Costaleros.

6.8.-Tiene derecho a cargar con el Paso una vez acatado este reglamento.

6.9.-La acumulación de cinco faltas graves será motivo de Expulsión del Cuerpo de Costaleros.

6.10.-El costalero ha de ser “puntual” a los horarios que marque el responsable del Paso en los ensayos. También “puntualidad” el Jueves Santo, pues éste ha de ser preparado, adornado, etc. antes del comienzo de cada procesión.

6.11-El puesto de costalero será por el tiempo que él decida mantenerlo, siempre que no provoque alguna situación que dé lugar a una posible expulsión. Dicho puesto no puede ser transferido a nadie aunque sea por carácter temporal.

6.12.-Será obligatorio al comienzo de cada procesión la presencia de dos suplentes. Su función será la de sustituir al posible costalero que por alguna circunstancia no pudiera salir en la procesión. Siempre erán los “dos” primeros de la Lista de Espera.

6.13.-Es obligación del costalero comunicar su ausencia a otro costalero por el medio más rápido posible, evitando así un posible perjuicio para el resto de los componentes del Paso. Si por algún motivo muy justificado esa ausencia fuera temporal, es decir para las procesiones de ese año, en este supuesto y bajo el consenso del resto de los costaleros, le será respetado el puesto para el próximo año si así lo desea. El puesto será ocupado por el primer suplente de la lista de espera. La no comunicación y su correspondiente justificación de una ausencia, puede ser motivo de EXPULSIÓN, si así lo deciden el resto de los componentes de la Mesa bajo riguroso consenso.


PUNTO SEPTIMO: VESTIMENTA DEL COSTALERO

Estará compuesto por: la faja roja, zapatillas negras, costal de la cofradía, camiseta, chaqueta, pantalón negro y la medalla de la Cofradía.

El capataz y contraguías llevarán traje de chaqueta negro, camisa blanca, corbata rojo burdeos, zapatos negros y la medalla de la Cofradía.


PUNTO OCTAVO: COFRADES

El costalero es a todos efectos názaret de nuestra Piadosa y Venerable Hermanda y Cofradía de Nuestro Padre Jesus Azotado a la Columna, de lo que se deriva que, a parte de estar sujeto a las Normas anteriormente descritas, también lo está a los propios Derechos y Obligaciones de los Cofrades.

Para toda decisión y modificación de los anteriores puntos será necesario el consenso de todos los costaleros y su correspondiente aprobación, pasando a continuación a que ratifique la Junta Rectora de la Cofradía los cambios o modificaciones que se hayan acordado.

Todas estas obligaciones que contraemos al decidir ser costaleros, son para cumplirlas en su totalidad. El no cumplimiento de alguna de ellas, será motivo de expulsión (como se especifica en alguno de los puntos anteriores). El cumplimiento de estas Normas, junto al esfuerzo físico que se realiza, queda compensado al darnos cuenta, una vez terminada la Semana Santa, que todo ha salido bien; y sobre todo y más importante el gran honor que supone para todos nosotros haber portado a hombros la imagen de nuestro Cristo.